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Revisión rutinaria

ELEMENTOS A COMPROBAR DE MANERA RUTINARIA POR EL USUARIO

• Los turismos, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada < a 3.500 kg, excepto los vehículos de tres ruedas y cuatriciclos, llevarán la siguiente dotación:
a) Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro, que cumplan las condiciones establecidas normativamente.
b) Un chaleco reflectante de alta visibilidad.
c) Una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo. En estos casos se circulará respetando las limitaciones propias de cada alternativa.

• Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en los apartados a) y b) anteriores, un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.

• Todas las luces deben funcionar.

• Los amortiguadores, el nivel de aceite, el nivel del líquido refrigerante, freno y el estado de los limpiaparabrisas deben ser revisados a menudo.

• Revisar el estado de la batería.

• No descuidar los elementos auxiliares en función de la climatología (como las cadenas)

• El estado de las correas -si están agrietadas o han perdido su función por su uso excesivo- debe ser comprobado. Su buen estado es esencial para el funcionamiento de los sistemas eléctricos, aire acondicionado y ventilación.

• La documentación del vehículo debe estar completa.